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Martes, 07 de Febrero de 2012. Montevideo, Uruguay
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Instituto Nacional de Colonización
Se le faculta a entregar tierras para la realización de explotaciones agropecuarias en forma cooperativa

Ley Nº 13.968 (del 7 de junio de 1971)


Artículo 1 _El Instituto Nacional de Colonización podrá entregar tierras, para la realización de explotaciones agropecuarias en forma cooperativa. La adjudicación que se realice a favor de Sociedades Cooperativas, se hará en cualesquiera de las formas de tenencia que prevé la ley Nº 11.029, de 12 de enero de 1948.

Artículo 2
Las Sociedades Cooperativas deberán presentar, previamente a la adjudicación del predio, el plan de explotación a realizar y las normas a que se sujetarán los miembros, para la ejecución de los trabajos.

Artículo 3
Los socios de la entidad cooperativa deberán trabajar personalmente el bien, y reunir las condiciones básicas que establece la ley Nº 11.029 citada, para los colonos.

Artículo 4
Comuníquese, etc.

Publicado el 12 de octubre de 2004

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