Sellados y timbres
Ley Nº 8.317 (del 18 de octubre de 1928)
Artículo 1
Desde la promulgación de la presente ley exonérese de los sellados y timbres correspondientes a toda gestión iniciada por las entidades de fomento rural del país.
Artículo 2
Comuníquese, etc.
Publicado el 12 de octubre de 2004
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