Cooperativa de Consumos de Hacienda Se exoneran de impuestos y derechos las escrituras de compraventa e hipoteca de un inmueble destinado a su sede y la importación de maquinaria e implementos para su equipamiento
Ley N° 12.609 (del 30 de junio de 1959)
(Inaplicable al desaparecer la cooperativa)
Artículo 1
Exonéranse de todo impuesto las escrituras de compraventa e hipotecas, del inmueble empadronado con el N° 5.080, situado en la calle Uruguay N° 878/80 de esta Capital, que otorgará la Cooperativa de Consumos de Hacienda para sede de la Institución.
Artículo 2
Autorizase a la mencionada Cooperativa para importar, libre de impuestos y derechos, las maquinarias e implementos destinados exclusivamente a equipamiento de su nueva sede, siempre que no haya producción de los mismos en el país.
Artículo 3
Comuníquese, etc.
Publicado el 7 de octubre de 2004
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