NETICOOP

Martes, 07 de Febrero de 2012. Montevideo, Uruguay

Cooperativa Nacional de Productores de Leche
Se autoriza al Banco de la República a conceder préstamos bancarios sobre los sueldos de los empleados y obreros, mensuales y jornaleros

Ley N° 12.918 (del 21 de setiembre de 1961)


Artículo 1
Autorízase al Banco de la República para que conceda a los empleados y obreros mensuales y jornaleros de la Cooperativa Nacional de Productores de Leche (Conaprole), préstamos bancarios sobre sus sueldos y salarios, hasta el monto equivalente al importe actual de tres sueldos o setenta y cinco jornales.

Artículo 2
Los mencionados préstamos estarán sujetos a las exigencias impuestas por la Caja Nacional de Ahorros y Descuentos para esta clase de operaciones.

Artículo 3
Lo establecido en el inciso 3° del artículo 1° de la ley N° 3.299, de 25 de junio de 1908, sobre cesiones de jornales, no regirá para las operaciones que efectúe la Caja Nacional de Ahorros y Descuentos, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 1°.

Artículo 4
Comuníquese, etc.

Publicado el 20 de octubre de 2004

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